9 preguntas frecuentes sobre las visitas turísticas a España

Cualquiera que visite un país extranjero por motivos de turismo es responsable de conocer los requisitos de inmigración. A continuación detallamos los requisitos de las visitas turísticas a España y las respuestas a varias preguntas frecuentes sobre el tema. Sigue leyendo para despejar todas tus dudas.

1 – ¿Visitas turísticas a España nesecita visado?


Todavía no, pero a partir de 2022, una visa electrónica será obligatoria el ETIAS para que visite España por turismo.

2 – ¿Cuánto tiempo puedo permanecer en España como turista?


Sin visado, entrando en España como turista, puede permanecer un máximo de 90 días en cualquier período de 180 días. Es decir, en teoría podrías visitar España dos veces al año, por un período máximo de 90 días cada vez.

3 – ¿Cómo puedo garantizar un paso sin problemas por inmigración?


El consejo más sensato para evitar problemas de control migratorio es bastante sencillo: revisa todos los documentos necesarios para entrar en España, facilítalos TODOS, sin excepción, y pon todo en una carpeta aparte, que presentarás al oficial de inmigración si te lo solicita. junto con su pasaporte.
Simples así. Cualquiera que tenga todos los documentos, pretenda hacer una gira por España, no tiene nada que temer. ¿Viajas por turismo? ¿Posee todos los documentos requeridos? Entonces debes estar tranquilo.

4 – ¿Cuáles son los requisitos de inmigración españoles?


El sitio web del Ministerio del Interior de España contiene una lista de documentos que pueden ser necesarios para el control de inmigración. Hay cuatro requisitos que enumeramos a continuación y que detallamos en las próximas secciones de este texto.
• pasaporte.
• pasaje de ida y vuelta.
• prueba de medios económicos.
• prueba de hospedaje.

4A. Requisito de inmigración: el pasaporte


Debes estar en posesión de un pasaporte válido por un mínimo de tres meses a partir de la fecha de salida de España (o de otro país europeo que forme parte de tu itinerario).


4B. Requisito de inmigración: boleto de ida y vuelta


Debe estar en posesión de un boleto de ida y vuelta. Puede ser un billete de avión, tren o barco. Para comprar billetes de avión, barco y tren, reservar un hotel y alquilar un coche con descuento, haz clic aquí.
No importa si el viaje se realiza con un transporte (avión, por ejemplo) y el regreso con otro diferente (barco, por ejemplo).
Tampoco importa si entra en España (o Europa) a través de un aeropuerto o puerto, y sale por un aeropuerto o puerto en una ciudad o país diferente. Lo que importa es que puede mostrar un boleto de regreso desde España u otro país de Europa que sea parte de su itinerario.

4C. Requisito de inmigración: prueba de medios económicos


Todo turista que visite España, independientemente de su edad, debe poder justificar estar en posesión de 90 € por persona y día de estancia. Pero tenga en cuenta que hay una cantidad mínima que debe acreditarse, que es de 810 € por persona. Si vas a permanecer de uno a ocho días en España, debes poder acreditar un mínimo de 810 € por el período.
La acreditación de medios económicos, independientemente de si se aloja en un hotel o en una residencia privada (con carta de invitación), es obligatoria para todos los turistas que visitan España.


¿Cómo se realiza la prueba de medios económicos? Puede llevar todo el efectivo requerido en moneda (puede ser en euros o también en otra moneda), parte en moneda y parte en tarjetas, o todo en tarjetas.
En el caso de quienes vayan a acreditar los medios económicos con una o más tarjetas de crédito, las cuales deben ser propiedad de la persona que realiza la prueba, en el BOE (el BOE es el Boletín Oficial de España) encontramos lo siguiente:


La disponibilidad por parte de los extranjeros de los medios económicos seleccionados se acreditará mediante la exhibición de los mismos, en cuyo caso sean efectivos, o mediante la presentación de cheques certificados, cheques de viajero, cartas de pago o tarjetas de crédito, que deberán ir acompañada de un extracto de cuenta bancaria o un talonario de puesta al día (no se aceptarán cartas de entidades bancarias en los extractos bancarios por Internet) o cualquier otro medio con el que se acredite con confianza el importe disponible como crédito para dicha tarjeta.
BOE deja claro que no es necesario llegar a España con todo el dinero requerido en moneda. También se aceptan tarjetas de crédito como prueba de fondos.

El problema radica en la frase “tarjetas de crédito, que deben ir acompañadas de un extracto de cuenta bancaria o un talonario puesta al día (no se aceptarán cartas de entidades bancarias en los extractos bancarios por Internet) o cualquier otro medio con el que se crea con seguridad el monto disponible como crédito para dicha tarjeta o cuenta bancaria ”.


Las autoridades españolas no aceptan extractos obtenidos de Internet. Creemos que la razón es la facilidad para falsificar un extracto. En España, a diferencia de Brasil, los titulares de cuentas bancarias reciben un pequeño folleto bancario oficial (libreta), en el que se registran todos los movimientos de la cuenta cada vez que el titular de la cuenta actualiza el folleto.

Como no existe tal documento en Brasil, y teniendo en cuenta el final de la frase “otro medio con el que puedas creer con seguridad el monto disponible como crédito para la tarjeta o cuenta bancaria antes mencionada”, nuestro consejo es solicitar un estado de cuenta actualizado. en su sucursal bancaria, con el sello del banco, preferiblemente unos días antes del viaje.

4D. Requisito de inmigración: reserva de alojamiento


Debe poder presentar prueba (s) de reserva de alojamiento para el período TOTAL de estancia en España (o Europa).
Inmigración acepta cupones de reserva de Booking y otras agencias en línea, así como AirnBnb.
No es necesario pagar las reservas.
Cualquier persona que se quede con amigos o familiares debe presentar una carta oficial de invitación. La carta de invitación debe solicitarse en una comisaría de la Policía Nacional de España. Es un documento oficial emitido por las autoridades españolas. Cualquier otro documento no tiene valor para las autoridades de inmigración, la única carta de invitación válida es la emitida por la policía española. Vea más información sobre la carta de invitación aquí.

5 – Entraré en España o Europa por un aeropuerto y saldré por otro, ¿será un problema?

6 – Llegaré a España en barco, ¿dónde haré inmigración?

La mayoría de los puertos de España no tienen comisaría ni puesto de inmigración, como el de Barcelona. Lo que ocurre cuando llega un crucero de un país no Schengen es que varios policías españoles abordan el barco para realizar el control migratorio. Consulte con su empresa para saber cómo y dónde se realizará el procedimiento, que puede variar de una empresa a otra.
¡Asegúrate de realizar un control de inmigración para evitar cualquier problema al salir de España!

7. Tengo un conocido que pasó por inmigración y no tuvo que mostrar nada

El control de inmigración se realiza mediante muestreo. Esto significa que solo una pequeña parte de los turistas que ingresan a España deben mostrar toda la documentación al oficial de inmigración. El hecho de que alguien no tenga que mostrar ningún documento no significa que no deba estar en posesión de todos ellos. El hecho de que su conocido haya entrado en España sin mostrar ningún documento no es garantía de absolutamente nada.

8 – ¿Estuvo en una situación irregular?

¿Permaneció en España más allá del tiempo permitido, o fue detenido en su intento de ingresar al país y tenía la intención de regresar? Contacta con el consulado español más cercano en tu ciudad para pedir aclaraciones sobre tu situación.

9 – Quiero vivir en España, ¿tienes algún consejo?

Vea nuestro consejo en el texto viver en España. Recordando que el ámbito del texto está en los viajes turísticos a España.


¿Tienes alguna otra pregunta?

Déjalo en los comentarios. Si su destino final es un país distinto de España, solicite una aclaración al consulado de su país de destino. Y que tengas un gran viaje.

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